Multas
Nota de Clarin del dia de Hoy..
CONTROLES EN LA CIUDAD : UNA NUEVA FORMA DE CONSULTA ONLINE QUE GENERO DUDAS ENTRE LOS PORTEÑOS
Polémica por la aparición de miles de multas de tránsito en Internet
El Gobierno porteño lanzó un sistema para consultar en la Web las infracciones. Y muchos vecinos descubrieron que tienen actas que nunca les llegaron a sus casas ni los paró la Policía para labrárselas.
Carlos B., 36 años, vecino de Caballito, asegura que nunca le llegó a su casa un aviso de infracción y tampoco recuerda que un policía lo haya parado para hacerle la boleta. Sin embargo, cuando un compañero de trabajo le contó la novedad de que ahora se puede consultar por Internet si uno tiene infracciones pendientes de pago, se llevó una gran sorpresa: encontró que a su nombre hay registradas cuatro boletas. Una por violar una luz roja en la avenida Corrientes, otra por no respetar los carriles en la General Paz y dos por mal estacionamiento.
Hernán C., 32, de Barracas, trabaja en la misma oficina que Carlos y también quiso chequear su "estado de situación". Así supo que le habían levantado un acta por doblar a la derecha en Córdoba y Callao en un horario no permitido y otra por exceso de velocidad en una autopista.
A medida que la novedad fue extendiéndose por la oficina, fueron muchos los empleados que ingresaron en Internet y más de uno se llevó la misma sorpresa.
Desde la página de inicio del Gobierno porteño (www.buenosaires.gov.ar) se puede acceder con un solo clic a la "consulta de infracciones de tránsito". Una vez en la pantalla indicada, basta con colocar el número de documento o la chapa del vehículo correspondiente.
También por teléfono informan sobre las multas pendientes. El número: 0800-999-2727. Atiende de lunes a viernes de 7.30 a 20.30; sábados, domingos y feriados, de 8 a 20.
Según explicó a Clarín el director general de Infracciones, Lautaro Erratchu, que la notificación no llegue al domicilio no es motivo de que el acta quede sin validez. Simplemente, porque la normativa establece que la notificación en la Unidad Administrativa de Control de Faltas (UACF), cuando una persona va a regularizar su situación, es perfectamente válida. El funcionario justificó que haya notificaciones que no lleguen porque "hay gente que no está registrada en el edificio donde realmente vive". Algunos de los usuarios que se quejaron aseguraron que hace 20 años que viven y reciben los impuestos en el mismo lugar.
En la UACF confirmaron que reciben muchas quejas de la gente por la aparición de multas que nunca fueron notificadas. Y lo pudo constatar estar diario. "Si yo me hubiera enterado 15 días después de la fecha del acta, tal vez me habría podido defender. Ahora, pasaron varios meses y ya ni me acuerdo qué estaba haciendo ese día", es uno de los discursos que los funcionarios del área están acostumbrados a escuchar. Pero se trata de un argumento que no es tenido en cuenta.
Son muchas las dudas que la mayoría de la gente que maneja por la Ciudad tiene en cuanto a la aplicación y al pago de las faltas de tránsito. Algunas de las más comunes son éstas:
¿Cómo se cuestiona una infracción?
Hay que concurrir en el horario de 8 a 19 a la UACF, en Carlos Pellegrini 211, donde hay un cuerpo de 30 controladores. La decisión del controlador es apelable ante la Justicia Contravencional. Actualmente, según Erratchu, concurren allí unas 1.500 personas por día y la UACF está reclamando a la Legislatura que apruebe la designación de otros 20 controladores para reducir los tiempos de espera.
¿Por cuáles motivos un controlador puede dejar sin efecto una infracción?
Los más comunes son prescripción y la presencia de defectos formales en la confección del acta. Es muy difícil discutir el fondo de la cuestión. Una de las frases más escuchadas en la Unidad de Control de Faltas: "¡Es la palabra del policía contra la mía!" Ese argumento no tiene chances de prosperar. "En el derecho de faltas, aquí y en todas partes del mundo, se presume la validez de las actas", explicó Erratchu. Esto quiere decir que la carga de la prueba es del supuesto infractor, no del Estado.
¿Cómo demostrar que uno no cometió una infracción?
Resulta complicado. "Es aconsejable presentar elementos de prueba contundentes que demuestren la inocencia del presunto infractor o la invalidez de la infracción", aconseja la página web del Gobierno. En el caso de una multa por mal estacionamiento, por ejemplo, podría ser válido el certificado de un mecánico que acredite que el auto tenía un desperfecto y ya no podía andar. O el pasaporte que demuestre que uno, el día del acta, estaba fuera del país.
¿Cuáles son los plazos de prescripción?
Las faltas consideradas leves, como mal estacionamiento o falta de uso del cinturón de seguridad, ya no son exigibles después de un año. Así lo establece el artículo 15 del Código de Faltas porteño. En el caso de las infrac ciones clasificadas graves, como la violación de una luz roja, la obstrucción de la circulación o la circulación sin la documentación exigible, se aplica la Ley Nacional de Tránsito 24.449, que determina la prescripción a los dos años. No puede haber deudas pendientes a la hora de renovar el registro o vender el auto.
¿Cuáles son los requisitos formales que debe cumplir un acta de infracción para que sea válida?
Están establecidos en la ley local 1.217. Debe figurar correctamente la marca y modelo del auto; el lugar, fecha y hora de la supuesta infracción; la descripción adecuada del hecho; la norma que a juicio del policía se haya infringido, y nombre y apellido del infractor, si es que fue posible determinarlo.
¿Cuando un policía labra un acto debe darle copia al presunto infractor?
Sí, porque así lo establece la ley, cuando el presunto infractor se detuvo. Por supuesto, se exceptúan los casos en los que el automovilista no es detenido por el policía (que no tiene obligación de hacerlo) o se fuga.
¿Cómo funciona el pago voluntario?
Es el que el infractor hace durante los primeros 40 días siguientes a la infracción. Se lo recompensa con un 25% de descuento sobre el mínimo previsto para la falta en cuestión. Así, por ejemplo, la multa de mal estacionamiento, cuyo valor mínimo es de 50 pesos, queda en $ 37,50.

Fuente CLARIN 08/03/06
http://www.clarin.com/diario/2006/03...ad/h-04815.htm
Contanos despues como te fue si es que hiciste algo... :wink:
Nota de Clarin del dia de Hoy..
CONTROLES EN LA CIUDAD : UNA NUEVA FORMA DE CONSULTA ONLINE QUE GENERO DUDAS ENTRE LOS PORTEÑOS
Polémica por la aparición de miles de multas de tránsito en Internet
El Gobierno porteño lanzó un sistema para consultar en la Web las infracciones. Y muchos vecinos descubrieron que tienen actas que nunca les llegaron a sus casas ni los paró la Policía para labrárselas.
Carlos B., 36 años, vecino de Caballito, asegura que nunca le llegó a su casa un aviso de infracción y tampoco recuerda que un policía lo haya parado para hacerle la boleta. Sin embargo, cuando un compañero de trabajo le contó la novedad de que ahora se puede consultar por Internet si uno tiene infracciones pendientes de pago, se llevó una gran sorpresa: encontró que a su nombre hay registradas cuatro boletas. Una por violar una luz roja en la avenida Corrientes, otra por no respetar los carriles en la General Paz y dos por mal estacionamiento.
Hernán C., 32, de Barracas, trabaja en la misma oficina que Carlos y también quiso chequear su "estado de situación". Así supo que le habían levantado un acta por doblar a la derecha en Córdoba y Callao en un horario no permitido y otra por exceso de velocidad en una autopista.
A medida que la novedad fue extendiéndose por la oficina, fueron muchos los empleados que ingresaron en Internet y más de uno se llevó la misma sorpresa.
Desde la página de inicio del Gobierno porteño (www.buenosaires.gov.ar) se puede acceder con un solo clic a la "consulta de infracciones de tránsito". Una vez en la pantalla indicada, basta con colocar el número de documento o la chapa del vehículo correspondiente.
También por teléfono informan sobre las multas pendientes. El número: 0800-999-2727. Atiende de lunes a viernes de 7.30 a 20.30; sábados, domingos y feriados, de 8 a 20.
Según explicó a Clarín el director general de Infracciones, Lautaro Erratchu, que la notificación no llegue al domicilio no es motivo de que el acta quede sin validez. Simplemente, porque la normativa establece que la notificación en la Unidad Administrativa de Control de Faltas (UACF), cuando una persona va a regularizar su situación, es perfectamente válida. El funcionario justificó que haya notificaciones que no lleguen porque "hay gente que no está registrada en el edificio donde realmente vive". Algunos de los usuarios que se quejaron aseguraron que hace 20 años que viven y reciben los impuestos en el mismo lugar.
En la UACF confirmaron que reciben muchas quejas de la gente por la aparición de multas que nunca fueron notificadas. Y lo pudo constatar estar diario. "Si yo me hubiera enterado 15 días después de la fecha del acta, tal vez me habría podido defender. Ahora, pasaron varios meses y ya ni me acuerdo qué estaba haciendo ese día", es uno de los discursos que los funcionarios del área están acostumbrados a escuchar. Pero se trata de un argumento que no es tenido en cuenta.
Son muchas las dudas que la mayoría de la gente que maneja por la Ciudad tiene en cuanto a la aplicación y al pago de las faltas de tránsito. Algunas de las más comunes son éstas:
¿Cómo se cuestiona una infracción?
Hay que concurrir en el horario de 8 a 19 a la UACF, en Carlos Pellegrini 211, donde hay un cuerpo de 30 controladores. La decisión del controlador es apelable ante la Justicia Contravencional. Actualmente, según Erratchu, concurren allí unas 1.500 personas por día y la UACF está reclamando a la Legislatura que apruebe la designación de otros 20 controladores para reducir los tiempos de espera.
¿Por cuáles motivos un controlador puede dejar sin efecto una infracción?
Los más comunes son prescripción y la presencia de defectos formales en la confección del acta. Es muy difícil discutir el fondo de la cuestión. Una de las frases más escuchadas en la Unidad de Control de Faltas: "¡Es la palabra del policía contra la mía!" Ese argumento no tiene chances de prosperar. "En el derecho de faltas, aquí y en todas partes del mundo, se presume la validez de las actas", explicó Erratchu. Esto quiere decir que la carga de la prueba es del supuesto infractor, no del Estado.
¿Cómo demostrar que uno no cometió una infracción?
Resulta complicado. "Es aconsejable presentar elementos de prueba contundentes que demuestren la inocencia del presunto infractor o la invalidez de la infracción", aconseja la página web del Gobierno. En el caso de una multa por mal estacionamiento, por ejemplo, podría ser válido el certificado de un mecánico que acredite que el auto tenía un desperfecto y ya no podía andar. O el pasaporte que demuestre que uno, el día del acta, estaba fuera del país.
¿Cuáles son los plazos de prescripción?
Las faltas consideradas leves, como mal estacionamiento o falta de uso del cinturón de seguridad, ya no son exigibles después de un año. Así lo establece el artículo 15 del Código de Faltas porteño. En el caso de las infrac ciones clasificadas graves, como la violación de una luz roja, la obstrucción de la circulación o la circulación sin la documentación exigible, se aplica la Ley Nacional de Tránsito 24.449, que determina la prescripción a los dos años. No puede haber deudas pendientes a la hora de renovar el registro o vender el auto.
¿Cuáles son los requisitos formales que debe cumplir un acta de infracción para que sea válida?
Están establecidos en la ley local 1.217. Debe figurar correctamente la marca y modelo del auto; el lugar, fecha y hora de la supuesta infracción; la descripción adecuada del hecho; la norma que a juicio del policía se haya infringido, y nombre y apellido del infractor, si es que fue posible determinarlo.
¿Cuando un policía labra un acto debe darle copia al presunto infractor?
Sí, porque así lo establece la ley, cuando el presunto infractor se detuvo. Por supuesto, se exceptúan los casos en los que el automovilista no es detenido por el policía (que no tiene obligación de hacerlo) o se fuga.
¿Cómo funciona el pago voluntario?
Es el que el infractor hace durante los primeros 40 días siguientes a la infracción. Se lo recompensa con un 25% de descuento sobre el mínimo previsto para la falta en cuestión. Así, por ejemplo, la multa de mal estacionamiento, cuyo valor mínimo es de 50 pesos, queda en $ 37,50.

Fuente CLARIN 08/03/06
http://www.clarin.com/diario/2006/03...ad/h-04815.htm
Contanos despues como te fue si es que hiciste algo... :wink:
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