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El mito de la manta mortuoria, una trampa para “recaudar”
Respuesta: El mito de la manta mortuoria, una trampa para “recaudar”
la verdad, ya ni da opinar sobre éste tema, no entiendo cómo un ciudadano común tenga que saber -además de que papeles llevar- todas las leyes, resoluciones y modificaciónes, mientras que un policía/agente de tránsito no tenga ni idea de que es lo que tiene que exigir.... Ah sí, es por la cometa, que inocente que soy.
Respuesta: El mito de la manta mortuoria, una trampa para “recaudar”
Ayer salio en TN lo que hay que llevar si o si y lo que no es obligatorio. Es un policía el que hace el informe del transito, que no me acuerdo el nombre.
Segun la Ley 24449 hay que llevar:
- Cedula Verde unicamente el titular, si el auto es prestado Cedula Azul.
- Seguro y comprobante de pago (sisi, lo dijo, pero bueh, no se.)
- Matafuego ajustado en las plazas delanteras, NO en el baul
- Baliza triangular reflectiva
- Autos SOLO de provincia VTV
- Ultimo comprobante de pago de Patente.
No es obligatorio, pero si recomendable:
- chaleco reflectivo
el comprobante de seguro no es legalmente obligatorio, ahora que estemos en argentina y nos bolaceen con eso es otra cosa.
No no es obligatorio el comprobante , pero igual te rompen las bolas .
Yo con respecto a la bolsa ,como no me gusta me voy a llevar directamente el ataud por las dudas .
Respuesta: El mito de la manta mortuoria, una trampa para “recaudar”
Que bronca me dan estas cosas!!! Por suerte pocas veces me han pasado cosas de este estilo y he salido bien parado...
TIP: El desacato se abolió durante la presidencia de Menem, bajo la ley 24.198, art. 2, el 3 de junio de 1993 !!! Con eso los zorros se quedan boquiabiertos y babeando... jeje
Respuesta: El mito de la manta mortuoria, una trampa para “recaudar”
Los gendarmes estan rompiendo las bolas con el chaleco, y lo del seguro por debito automatico, en el hsbc podes imprimir la constancia de pago, asi que supongo que, en los demas seguros tambien
Los gendarmes estan rompiendo las bolas con el chaleco, y lo del seguro por debito automatico, en el hsbc podes imprimir la constancia de pago, asi que supongo que, en los demas seguros tambien
Eso es ilegal lo dice la ley de transito... ( lo de la constancia de pago)
Respuesta: El mito de la manta mortuoria, una trampa para “recaudar”
a mi el seguro me lo debitan del sueldo y tengo una constancia que esta pago de manera completa, no obstante la otra vez me pararon en un puesto en general rodriguez y me discutian que tenia que tener el ultimo mes pago, cuando le explique que me lo dibitan el oficial me respondio entonces tenes que mostrar tu recivo de de sueldo , a lo que le respondi si para que vos sepasn cuanto cobro y me cobres el diesmo, me miro se rio y me dejo ir , son de terror. ya no sabes que hacer
a mi el seguro me lo debitan del sueldo y tengo una constancia que esta pago de manera completa, no obstante la otra vez me pararon en un puesto en general rodriguez y me discutian que tenia que tener el ultimo mes pago, cuando le explique que me lo dibitan el oficial me respondio entonces tenes que mostrar tu recivo de de sueldo , a lo que le respondi si para que vos sepasn cuanto cobro y me cobres el diesmo, me miro se rio y me dejo ir , son de terror. ya no sabes que hacer
Queridos orates
Impriman esto y se lo muestran:
Circular SSN TEC 130 Resolución N° 34.225SINTESIS: POLIZA BASICA DEL SEGURO OBLIGATORIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, ARTICULO 68 DE LA LEY DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL Nº 24449. SE REEMPLAZA LA RESOLUCION Nº 34211
A las entidades sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación:Tengo el agrado de dirigirme a ustedes para llevar a su conocimiento que se ha suscripto la Resolución de referencia cuya parte dispositiva se transcribe seguidamente.
ARTICULO 1º.- Déjase sin efecto la Resolución Nº 34211 de fecha 4 de agosto de 2009.
ARTICULO 2º.- A partir del 1º de septiembre de 2009, inclusive, la cobertura mínima requerida por el artículo 68 de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial Nº 24449 deberá otorgarse de conformidad con las condiciones y diagramación que se acompañan como Anexo I y artículo 4º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- A partir de la fecha indicada en el artículo 2º, quedan sin efecto las Resoluciones Nros. 21999 y 22058 y la Circular Nº 3809.
ARTICULO 4º.- La aseguradora deberá entregar al asegurado un comprobante que contenga los siguientes datos:
a) Título: SEGURO OBLIGATORIO AUTOMOTOR CONFORME DECRETO 1716/08 (Reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial Nº 26363)
b) Nº de Póliza
c) Nº de Endoso
d) Nombre, Domicilio y Teléfono del Asegurador
e) Vigencia de Cobertura: Desde las 12 hs. del día / / hasta las 12 horas del día / /
f) Datos del Vehículo Asegurado: - Tipo - Marca - Dominio - Nº de Motor - Nº de Carrocería
g) NOTA: La posesión de este comprobante obligatorio será prueba suficiente de la vigencia del seguro obligatorio de automotores exigido por el artículo 68 de la Ley Nº 24449. Conforme el artículo 2º de la Disposición Nº 70/2009 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, la falta de portación del recibo de pago de la prima del seguro obligatorio por parte del conductor del vehículo, no podrá ser aducida por la Autoridad de Constatación para determinar el incumplimiento de los requisitos para la circulación.
h) Firma y aclaración del asegurador. ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. Saludo a ustedes atentamente. Gustavo Medone Superintendente de Seguros de la Nacion
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