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vencimiento de multa

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  • vencimiento de multa

    bueno estoy haciendo la transferencia del europa y me salto una multa de $260 del año 2007 yo quiero saber si esa multa se paga porque una gestora me dijo que esa multa no se paga y otro gestor me dice que si que se paga

    aclaro que la multa la tiene el dueño anterior y tambien dice que la multa nose paga...

    yo quiero saber cuando vence la multa

  • #2
    Re: vencimiento de multa

    Creo que a los 2 años desaparecen...

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    • #3
      Re: vencimiento de multa

      Originally posted by HEC75
      Creo que a los 2 años desaparecen...
      Siempre y cuando no sea considerada falta grave o que me corrijan sino

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      • #4
        Re: vencimiento de multa

        Si quieren algun dia de estos hago algun topic para post it si les parece bien y a los mod sobre prescripcion de multas procedimientos alcoholemia ley de transito asi no hacemos repetitivos los posts

        Vayamos a la prescripcion........hubo una modificacion.........ya que con la ley 24449 (ley nac de transito) aparecio la ley 451 para la ciudad de bs as y empezaron las diferencias.

        La ley 451 esta en vigencia y no habla de faltas graves o leves como la ley nacional

        1) La ley 451, no introduce ninguna clasificación en materia de faltas, no habla de faltas graves ni de faltas leves.




        2) El art. 15 de le ley 451 dispone que "la acción en el régimen de faltas prescribe al año, salvo para los casos en que la ley Nacional de Transito N. 24.449 establece que prescribe a los dos años". Dicha salvedad a mi criterio resulta ser de dudosa Constitucionalidad, toda vez que la Ciudad oportunamente asumió la competencia para regular las cuestiones de faltas por infracciones a la ley de transito mediante el dictado de Ordenanzas Municipales (39.874, modificada por 50.292), sin adherir expresamente a la ley 24.449.




        3) El art. 16 fija que el plazo de prescripción se interrumpe por la citación, fehacientemente notificada, para comparecer al procedimiento de faltas.



        Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449

        ARTICULO 89. — PRESCRIPCION. La prescripción se opera:
        a) Al año para la acción por falta leve;
        b) A los dos años para la acción por falta grave y para sanciones. Sobre éstas opera aunque no haya sido notificada la sentencia.
        En todos los casos, se interrumpe por la comisión de una falta grave o por la secuela del juicio contravencional, ejecutivo o judicial.


        Ahora el tema es que con una NOTIFICACION FEHACIENTE se interrumpe la prescripcion........pero ¿que es notificacion fehaciente?

        Consideramos que la citación fehaciente del presunto infractor sólo es aquella que se realiza por la Autoridad Administrativa correspondiente, sea por cedula de notificación, telegrama o cualquier otro medio permitido por ley al domicilio constituido del requerido o bien aquella dirigida al domicilio real pero que fue recibida y firmada por la misma persona a quien se dirige. Todo otro tipo de citación que se encuentre fuera de esas dos enumeraciones puede tener efectos notificatorios, pero no interrumpen a nuestro criterio, la prescripción.




        Por ello podemos concluir diciendo que NO SON citaciones fehacientes, la comparecencia espontánea, ni la renuncia al pago voluntario, ni la constitución de domicilio, ni la realización de una audiencia, ni el dictado de una sentencia, ni una solicitud del infractor o un pase a otro fuero y así podría continuar.




        En la actualidad solo interrumpe la prescripción, la citación fehacientemente notificada del presunto infractor, a nuestro entender repito en su domicilio constituido o bien recibida y firmada por él en su domicilio real


        Ahora hay otro problema y aca el mas grave.........si las multas estan prescriptas pero rentas no las quiere dar de baja uds tienen que hacerle juicio y gastar en un abogado y perder tiempo.......por eso muchas veces se pagan igual si uno tiene apuro de vender porque NO siempre las bajan automaticamente

        CONCLUSION: Prescriben al año en la ciudad autonoma pero para la ley de transito las graves prescriben a los 2 años........se deben bajar automaticamente del sistema......pero a veces no se hace y hay que obligarlos......la unica forma de interrupcion de la prescripcion por parte de la autoridad de faltas es una cedula al domicilio real del infractor o al constituido del abogado caso contrario ningun aviso de pago voluntario interrumpe la prescripcion.

        Salu2

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        • #5
          Re: vencimiento de multa

          Originally posted by piiiiihhh
          bueno estoy haciendo la transferencia del europa y me salto una multa de $260 del año 2007 yo quiero saber si esa multa se paga porque una gestora me dijo que esa multa no se paga y otro gestor me dice que si que se paga

          aclaro que la multa la tiene el dueño anterior y tambien dice que la multa nose paga...

          yo quiero saber cuando vence la multa
          Tenes varios temas......primero si es leve o es grave para la ley nacional.......segundo la fecha del 2007 si llegó al año........y 3era y mas jodida si se les canta bajartela o no.......sino se les canta tenes que iniciar un exped administrativo pidiendo la baja y te puede llevar meses y si aun no quiere amparo como mi cedula verde

          Salu2

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          • #6
            Re: vencimiento de multa

            Mas alla de todo lo que dijo YEYOSO, hacela mas simple, pasale las multas al registro del ex dueño y listo, en vez de a la patente del auto, asi el auto quedaria libre de multas.
            En realidad lo tendria que hacer el dueño anterior si el auto todavia estaba a su nombre.

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            • #7
              Re: vencimiento de multa

              Aprovecho tb para recordarles a los que quieren vender el auto que se fijen meses antes si tienen multas o no.......porque despues muchos se acuerdan el dia que ya tienen la seña y cuando van dicen "ahh estan prescriptas no las tengo que pagar" pero hay multas prescriptas que las bajan y hay multas prescriptas que te la dejan en el sistema........despues vas al registro y te dicen "ahh no sabemos si estan prescriptas no sabemos si hubo una notificacion interrumptiva etc etc" vas a pedir la baja y te dicen que tenes que hacer un expediente presentar el descargo tarda meses y tienen un comprador en espera que se les va o terminan pagando la multa o descontandola del precio por una cuestion de tiempo......CONSEJO: 3 meses antes cuando ya tengan una idea de que quieren vender el auto empiezen averiguando las multas que les salta........igualmente si te presentas siempre si tenes 4 te sacan 2 o hasta 3 y te hacen pagar una al menos mis amigos y yo cuando vendimos nos perdonaron la mayoria.

              El problema es como le paso a un amigo que tenia 2200 pesos entre multas por no usar cinturon y por usar el celular y casi le agarra un infarto.......todas prescriptas pero no se las querian bajar todavia nose que resolvio

              Salu2

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              • #8
                Re: vencimiento de multa

                Que capo yeyoso ! muy buena y util toda esta info

                Comment


                • #9
                  Re: vencimiento de multa

                  Alguien prendió la yeyoseñal????


                  A lo que dice Mr. Yeyo, yo agrego lo que me pasó a mi: tenía multas que habían prescripto, pero me figuraban como impagas. Tuve que ir, garpar las que no habían prescripto (eran 4), y no me cobraron otras 4 porque esas SI HABIAN PRESCRIPTO. Ah, me perdonaron una porque era la 1era vez, así que pagué 3.

                  Pero tuve que pagar. Lo peor, es que vencían 8 meses dps. Pero como fui y averigüé, me imaginé que me iban a dar como "notificado" y me cagué todo


                  PD: Eran 8 multas por exceso de velocidad en Roca, de $150 cada una.

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                  • #10
                    Re: vencimiento de multa

                    Yo cuando transferi mi ultimo auto, etnia 3 multas, pero como eran del dueño anterior, ahi mismo en el registro hice una "negativa de pago" por no corresponder y listo, me las sacaron y me entregaron los papeles lo mas bien en el momento, y a los 10 dias, consulte via internet y las multas no aparecian mas, yo imagino que la multa, como todo, persigue al titular del auto, pero no se, esta es mi experiencia y es lo unico de lo que estoy 100% seguro

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                    • #11
                      Re: vencimiento de multa

                      Como dice MC COI, yo tmb hice una negativa de pago y la multa quedo en el dueño anterior....el solo espera q se venzan y listo. El unico problema es q tenga q renovar el registro antes de q se venzan, ahi hay q pagarlas si o si creo, corrijanme si me equivoco

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