Resulta que cuando nos robaron el R19 de la flia y apareció, en la comisaría antes de llevarnoslo nos dieron un papel de "Acta de entrega del vehículo" que dice:
"no podrá vender, prendar, enajenar, ni realizar ningún tipo de transacción comercial sin la autorización del Sr. Magistrado de Intervención en relación a la I.P.P. caratulada "HALLAZGO DE VEHICULO" con intervención de... etc, etc."
Hay que ir a la comisaría que interviene a pedir un papel que nos autorice? O hay que ir al juzgado por lo mismo?
Lo vendemos igual y con el papel del acta prendo el fueguito para el asado?
Gracias.
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