bueno muchachos paso rapido a contarles. Hoy a la mañana saliendo de casa para la facu a eso d elas 7 de la mañana, yo vivo en pilar, cosa que iba por una calle del pueblo y cuando doblo a la izquierda en otra calle me encuentro con un camion estacionado a mano derecha cosa que frene y volante pero se bloqueron las ruedas poprque estaba mojado, y se la pegue con la trompa a su cola. El camion estaba sin acoplado o sea solo el tractor, y estaba a mas o menos 10 metros d ela esquina. Bue. El tema pasa proque la culpa del accidnete en si fue mia, pero me dijeron que el camion ese no podia estar estacionado ahi, por ser un pueblo, o no se como es la cosa, el tema es si alguien sabe, o me puede aconsejar, asi mañana puedo ir a su seguro a ver si puedo reclamar algo. Cualq duda pregunten o ppor msn tcervini@hotmail.com Gracias.
Announcement
Collapse
No announcement yet.
A ver si alguien me puede ayudar. Choque
Collapse
This topic is closed.
X
X
-
Re: A ver si alguien me puede ayudar. Choque
ARTICULO 85°: (Texto según Ley 11768) Para estacionar en la vía pública rigen las siguientes disposiciones :
11- Está prohibido estacionar:
a) En todo lugar donde se pueda afectar la seguridad, visibilidad, o fluidez del tránsito o se oculte la señalización.
b) En las banquinas, entre su vértice ideal y la línea imaginaria que resulte de prolongar la ochava y en cualquier lugar peligroso.
c) Sobre la senda de peatones o bicicletas, aceras, rieles, sobre la calzada, y en los diez (10) metros anteriores y posteriores a la parada del transporte de pasajeros. Tampoco se admite la detención voluntaria. No obstante se puede autorizar, señal mediante, a estacionar en la parte externa de la vereda, cuando su ancho y tránsito lo permitan.
d) Frente a la puerta de hospitales, escuelas y otros servicios públicos, hasta diez (10) metros de cada lado de ellos, salvo los vehículos relacionados a la función del establecimiento.
e) A la salida de cines, teatros y similares, durante su funcionamiento.
f) En los accesos de garages en uso, y de estacionamiento con ingreso habitual de vehículos, siempre que tengan la señal pertinente, con el respectivo horario de prohibición o restricción, en su caso, salvo para quien tenga derecho al mismo.
g) Por un período mayor de cinco (5) días o el lapso que fije la autoridad local.
h) Ningún ómnibus, microómnibus, casa rodante, camión, acoplado, semiacoplado o máquina especial, excepto en lugares que se habilite a tal fin mediante la señalización pertinente.
i) (Incorporado por Ley 12.517) En sentido contrario al de circulación del tránsito.
-
Re: A ver si alguien me puede ayudar. Choque
Hola ,mira la ley puede determinar la prohibicion ,pero la compania aseguradora del camion no te va a pagar pq el tipo estaciono mal ,ademas vos sos el embistiente y de trompa ,por ese lado tmb se abre de gambas
Si bien el tipo estaba en falta ,lo unico relativamente posible es demandarlo directamente por daños y perjuicios ,pero es jodido
Saludos
Comment
-
Re: A ver si alguien me puede ayudar. Choque
no se si te cirve, pero una ves a un vecino le chocaron el auto estando estacionado, y como estaba estacionado del lado izquierdo le tubo que pagar él a la mina que le choco el auto. sin tener la culpa pero como la ley dice que no se puede de la izquierda a chuparla...
saludos!
Comment
-
Re: A ver si alguien me puede ayudar. Choque
Originally posted by ateniense01no se si te cirve, pero una ves a un vecino le chocaron el auto estando estacionado, y como estaba estacionado del lado izquierdo  le tubo que pagar él a la mina que le choco el auto. sin tener la culpa pero como la ley dice que no se puede de la izquierda a chuparla...
saludos!
Comment
-
Re: A ver si alguien me puede ayudar. Choque
CAPAS QUE PORQUE SOS VOS EL QUE ENVISTE LA TENES QUE GARPAR VOS PEROOOOOOO FIJATE BIEN IGUAL TU SEGURO LO QUE MAS QUIERE ES NO PAGAR ASI QUE HABLA CON ELLOS Y EXPLICALE BIEN EL TEMA SI TENES ALGUNA FOTO MEJOR!!! SUERTE
Comment
-
Re: A ver si alguien me puede ayudar. Choque
Originally posted by TCBueno Gracias a todo, la semana que viene voy a ir a presentar el reclamo, con fotos, testigos y demases, asi que veremos que sale.
Comment
-
Re: A ver si alguien me puede ayudar. Choque
Originally posted by Mauriciopara la denuncia tenes 72 hs hábiles (denuncia policial) no te olvides eso
Comment
-
Re: A ver si alguien me puede ayudar. Choque
Originally posted by TCLa denuncia en mi seguro ya la hice, ahora lo que tengo que hacer es el reclamo en el seguro del otro. Y segun me dijeron tengo 2 años, para hacerla, igual voy la semana que viene, proque la verda dque hoy se me re complica.
Comment
-
Re: A ver si alguien me puede ayudar. Choque
uuuuhhhh que garron bolo...yo tambien vivo en pilar......y conozco esas callecitas de asfalto que cuando llueve es peor que una de tierra ...
espero que tengas suerte y te salga bien el arreglo...
con respecto al choque ni idea mejor cosulta con un boga por las dudas...
Comment
Comment