http://autoblog.com.ar/2014/06/el-go...s-artesanales/
La parte:
O sea... si alguien va a verificar un auto enfierrado para venderlo... pueden exigirte algo?
La parte:
b) Los que resulten de la restauración o reforma de automotores existentes, que se encuentren ya registrados como tales en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor. Estos automotores serán de dos (2) tipos siguientes:
b.1 Automotor Reformado (AR3) que ha sido modificado estructuralmente y/o repotenciado.
b.2 Automotor Restaurado (AR4) que ha sido íntegramente vuelto a su estado original, y cuya antigüedad sea de al menos treinta (30) años.
b.1 Automotor Reformado (AR3) que ha sido modificado estructuralmente y/o repotenciado.
b.2 Automotor Restaurado (AR4) que ha sido íntegramente vuelto a su estado original, y cuya antigüedad sea de al menos treinta (30) años.
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