http://foro.enfierrados.com/pregunta...l-peaje-3.html
Ese era un post de hace 1 mes en el cual se trato y regía el hecho de "NO PAGAR" superado los 3 minutos de espera en la fila.
Gracias a "Mauri" (En esta no lo banco, pero bue) esto deja de ser asi.
Sucede que hoy estaba transitando por la autopista Perito Moreno y cuando llego al peaje habia una cola gigantesca! Llego a la cabina y le pido que me levanten la barrera porque en el contrato de consecion dice que si se superan los 3 minutos o 15 vehiculos deben levantar la barrera. Me discuten que no es asi y me escucho que por radio le dice al de seguridad "Tomale la patente". Lo escuche de pedo, tiré freno de mano y me baje del auto y casi el trompeo al flaco que me negaba haber dicho eso. En ese momento la cola ya llegaba a Dock Sud mas o menos! Cae una "inspectora" y otro flaco que lo mande a cagar, pero la federal ni apareció, es mas miraban para otro lado a la nube de cenizas.
Se lo discutí a muerte hasta que la mina me dijo, esto no es más Asi por un decreto de "Macri" , le discutí la diferencia entre decreto, ley y Contrato hasta que ya los queria re cagar a piñas a todos.
La tipa llama por teléfono a nose quien y le dice "preparame una copia del Decreto 2356" ... Bueno corri el auto de la barrera y nadie me putio, es mas me dio la razon el que estaba atras en fin. La Mina vuelve y me trae esto que son 9 paginas.
Vamos a lo importante:
Art. 42: (Modificado por decreto Nº 98/2011) - Su Cobro: La Concesionaria deberá contar permanentemente, las veinticuatro (24) horas del dia, con la dotación de personal necesario para el cobro de peaje, habilitando el número de vías manuales o automáticas que correspondan de acuerdo con las necesidades del tránsito, para favorecer su fluidez y minimizar las demoras a los usuarios con peaje.
La Concesionaria deberá implementar en cada estación de peaje troncal, un servicio de banderilleros o de mensajería variable que informe a los conductores con una anticipación adecuada, cuales son las vías para el cobro de peaje que se encuentran más liberadas y ofrecen un servicio y una circulación más fluida.
La Concesionaria deberá demarcar con pintura amarilla de extrusión (para bandas despertadoras) una línea de trazos, a una distancia de ciento veinte (120) metros de la línea de las cabinas para el cobro de peajes, en plazas troncales;
En Caso de que por lo menos el ochenta (80) por ciento de las cabinas habilitadas en ese momento se encuentren en estado de congestionamiento, es decir cuando las colas de los vehiculos superen los ciento veinte (120) metros, la Concesionaria tiene la obligación de liberar el paso, siempre y cuando no se observe congestion a la salida de la plaza de peaje.
Los usuariosdeberán abstenerse de obstaculizar de cualquier manera el paso por las barreras de peaje y/o entorpecer de cualquier forma el normal funcionamiento de las mismas, o generar demoras innecesarias al resto de los usuarios o un impedimiento para trasponer la barrera valiendose o no de algún vehiculo o de cualquier otro medio fisico. De presentarse alguno de estos supuestos, no regirá la liberación de paso prevista en el párrafo anterior y la concesionaria queda facultada a requerir el auxilio de la fuerza pública para la remoción de los obstaculos, y restituir las condiciones de normal funcionamiento de la estación de peaje.
- Art. 52: [...] El ambito de aplicación de este reglamento comprende las vías concesionadas y las áreas conexas, y en particular:
Autopista Dellepiane (Autopista sin peaje): Corre entre la Av. Gral Paz y el cruce sobre la calle Lacarra, donde se inicia el peaje Dellepiane perteneciente a la Autopista 25 de Mayo.
No incluye las colectoras ni el distribuidor Gral paz - Ricchieri-Dellepiane.
Longuitud: 4.2 km
Autopista 25 de mayo AU1 (Autopista con peaje):
Es la continuación de la autopista Dellepiane entre su cruce con la calle Lacarra hasta la intersección con la avenida Huergo.
Incluye los enlaces con la Autopista Perito Moreno y el distribuidor de 9 de julio.
Longuitud: 10 km.
Autopista Perito moreno AU6 (Con peaje):
Corre desde su interseccion con la avenida Gral paz en liniers, hasta la zona de enlace Autopista Perito Moreno- Autopista 25 de mayo.
No incluye los ramales del distribuidor de Gral Paz - Acceso Oeste- Ausol en liniers.
Longuitud: 6 km
Autopista 9 de julio sur AV1 (Sin peaje):
Corre desde el fin del Nuevo Puente Pueyrredon hasta la avenida San juan.
No incluye el puente Pueyrredón.
No incluye colectoras.
Longuitud: 3.6 Km
Longuitud Total de la Concesion: 27.3 Km.
Autopista 9 de Julio AV1 "Arturo Umberto Illia" Tramo Norte.
Decreto Nº 149/GCBA/2003.
________
Ahora yo me pregunto ... ¿Este Decreto esta por encima de lo que dice el contrato de concesión? .
Aparetemente... lo que esta Vigente a partir de ahora es lo que les acabo de transcribir.
Fuente: (La Fotocopia que me dieron) Es Esta:
Saludos
PD: Comienza Debate!
Ese era un post de hace 1 mes en el cual se trato y regía el hecho de "NO PAGAR" superado los 3 minutos de espera en la fila.
Gracias a "Mauri" (En esta no lo banco, pero bue) esto deja de ser asi.
Sucede que hoy estaba transitando por la autopista Perito Moreno y cuando llego al peaje habia una cola gigantesca! Llego a la cabina y le pido que me levanten la barrera porque en el contrato de consecion dice que si se superan los 3 minutos o 15 vehiculos deben levantar la barrera. Me discuten que no es asi y me escucho que por radio le dice al de seguridad "Tomale la patente". Lo escuche de pedo, tiré freno de mano y me baje del auto y casi el trompeo al flaco que me negaba haber dicho eso. En ese momento la cola ya llegaba a Dock Sud mas o menos! Cae una "inspectora" y otro flaco que lo mande a cagar, pero la federal ni apareció, es mas miraban para otro lado a la nube de cenizas.
Se lo discutí a muerte hasta que la mina me dijo, esto no es más Asi por un decreto de "Macri" , le discutí la diferencia entre decreto, ley y Contrato hasta que ya los queria re cagar a piñas a todos.
La tipa llama por teléfono a nose quien y le dice "preparame una copia del Decreto 2356" ... Bueno corri el auto de la barrera y nadie me putio, es mas me dio la razon el que estaba atras en fin. La Mina vuelve y me trae esto que son 9 paginas.
Vamos a lo importante:
Art. 42: (Modificado por decreto Nº 98/2011) - Su Cobro: La Concesionaria deberá contar permanentemente, las veinticuatro (24) horas del dia, con la dotación de personal necesario para el cobro de peaje, habilitando el número de vías manuales o automáticas que correspondan de acuerdo con las necesidades del tránsito, para favorecer su fluidez y minimizar las demoras a los usuarios con peaje.
La Concesionaria deberá implementar en cada estación de peaje troncal, un servicio de banderilleros o de mensajería variable que informe a los conductores con una anticipación adecuada, cuales son las vías para el cobro de peaje que se encuentran más liberadas y ofrecen un servicio y una circulación más fluida.
La Concesionaria deberá demarcar con pintura amarilla de extrusión (para bandas despertadoras) una línea de trazos, a una distancia de ciento veinte (120) metros de la línea de las cabinas para el cobro de peajes, en plazas troncales;
En Caso de que por lo menos el ochenta (80) por ciento de las cabinas habilitadas en ese momento se encuentren en estado de congestionamiento, es decir cuando las colas de los vehiculos superen los ciento veinte (120) metros, la Concesionaria tiene la obligación de liberar el paso, siempre y cuando no se observe congestion a la salida de la plaza de peaje.
Los usuariosdeberán abstenerse de obstaculizar de cualquier manera el paso por las barreras de peaje y/o entorpecer de cualquier forma el normal funcionamiento de las mismas, o generar demoras innecesarias al resto de los usuarios o un impedimiento para trasponer la barrera valiendose o no de algún vehiculo o de cualquier otro medio fisico. De presentarse alguno de estos supuestos, no regirá la liberación de paso prevista en el párrafo anterior y la concesionaria queda facultada a requerir el auxilio de la fuerza pública para la remoción de los obstaculos, y restituir las condiciones de normal funcionamiento de la estación de peaje.
- Art. 52: [...] El ambito de aplicación de este reglamento comprende las vías concesionadas y las áreas conexas, y en particular:
Autopista Dellepiane (Autopista sin peaje): Corre entre la Av. Gral Paz y el cruce sobre la calle Lacarra, donde se inicia el peaje Dellepiane perteneciente a la Autopista 25 de Mayo.
No incluye las colectoras ni el distribuidor Gral paz - Ricchieri-Dellepiane.
Longuitud: 4.2 km
Autopista 25 de mayo AU1 (Autopista con peaje):
Es la continuación de la autopista Dellepiane entre su cruce con la calle Lacarra hasta la intersección con la avenida Huergo.
Incluye los enlaces con la Autopista Perito Moreno y el distribuidor de 9 de julio.
Longuitud: 10 km.
Autopista Perito moreno AU6 (Con peaje):
Corre desde su interseccion con la avenida Gral paz en liniers, hasta la zona de enlace Autopista Perito Moreno- Autopista 25 de mayo.
No incluye los ramales del distribuidor de Gral Paz - Acceso Oeste- Ausol en liniers.
Longuitud: 6 km
Autopista 9 de julio sur AV1 (Sin peaje):
Corre desde el fin del Nuevo Puente Pueyrredon hasta la avenida San juan.
No incluye el puente Pueyrredón.
No incluye colectoras.
Longuitud: 3.6 Km
Longuitud Total de la Concesion: 27.3 Km.
Autopista 9 de Julio AV1 "Arturo Umberto Illia" Tramo Norte.
Decreto Nº 149/GCBA/2003.
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Ahora yo me pregunto ... ¿Este Decreto esta por encima de lo que dice el contrato de concesión? .
Aparetemente... lo que esta Vigente a partir de ahora es lo que les acabo de transcribir.
Fuente: (La Fotocopia que me dieron) Es Esta:
Saludos
PD: Comienza Debate!
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