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Se reglamentó la ley de autos artesanales y podrán circular por todo el país

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  • Se reglamentó la ley de autos artesanales y podrán circular por todo el país

    No hace falta que los fabrique una automotriz. Es solo para vehículos de uso particular.





    Los autos fabricados de manera artesanal se podrán patentar en Argentina y por ende tendrán habilitada la circulación, algo hasta ahora prohibido. Es uno de los puntos de la ley reglamentada ayer por el presidente Mauricio Macri y que estableció el marco normativo para esta actividad.
    El Decreto 304/2018 firmado por Macri reglamentó la Ley 26.938. Los vehículos quedaron divididos en dos grandes grupos: los que se fabriquen desde cero y los que sean modificaciones sobre la base de uno existente. Aplica solo para un uso particular, no comercial.


    Como hasta ahora los vehículos producidos de manera artesanal no se podían patentar, se construían para exhibición o exportación. Según estimaciones del sector, el nuevo marco normativo podría crear 5.000 nuevos puestos de trabajo.
    La ley había sido aprobada en 2014 y fue impulsada por los diputados Eduardo Amadeo (Cambiemos) y Paula Bertol, exdiputada por el Pro y hoy embajadora argentina en la Organización de Estados Americanos (OEA).


    Uno de los requisitos para que un vehículo quede bajo este marco normativo es que en su fabricación, restauración o reforma se respeten condiciones que dispondrá la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
    También habrá un Certificado de Fabricación, una Revisión Técnica Obligatoria Especial anual y se creará un Registro de Fabricantes de Automotores Artesanales, a cargo de la Secretaría de Industria.


    Las 5 categorías de autos artesanales


    1) Reproducción (AR1): copia fiel de un modelo original cuya producción haya terminado al menos hace 30 años.


    2) Réplica (AR2): copia no fiel de un modelo original cuya producción haya terminado al menos hace 30 años.


    3) Inédito (AI): estructura y carrocería de diseño original e inédito.


    4) Reformado (AR3): el que fue modificado estructuralmente o potenciado.


    5) Restaurado (AR4): el que fue íntegramente vuelto a su estado original, con al menos 30 años de antigüedad.


    En las primeras tres categorías -Reproducción (AR1), Réplica (AR2) e Inédito (AI)- para circular deben ser registrados en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor. No pueden exceder las cien unidades fabricadas por año y tendrán una patente convencional. Según especifica la ley, si en la revisión técnica hubiere alguna limitación llevarán una placa alternativa.


    Las dos categorías restantes -Reformado (AR3) y Restaurado (AR4)- son para autos que ya están inscriptos en el Registro, y su fabricación no puede exceder las cincuenta unidades anuales.

  • #2
    Re: Se reglamentó la ley de autos artesanales y podrán circular por todo el país

    Y si me traigo un siniestrado de Paraguay o Chile y lo hago pasar por auto artesanal que pasa?



    Enviado desde mi Redmi 4X mediante Tapatalk

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    • #3
      Re: Se reglamentó la ley de autos artesanales y podrán circular por todo el país

      Originally posted by 0Cuda View Post
      Y si me traigo un siniestrado de Paraguay o Chile y lo hago pasar por auto artesanal que pasa?



      Enviado desde mi Redmi 4X mediante Tapatalk
      Pienso que primero vas a tener que conseguir alguien de Afip/Aduana en la frontera que te lo deje entrar al pais.

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      • #4
        Re: Se reglamentó la ley de autos artesanales y podrán circular por todo el país

        Reformado (AR3): el que fue modificado estructuralmente o potenciado.

        O sea, ¿autos enfierrados en la calle?

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        • #5
          Re: Se reglamentó la ley de autos artesanales y podrán circular por todo el país

          Originally posted by gonzalo View Post
          Reformado (AR3): el que fue modificado estructuralmente o potenciado.

          O sea, ¿autos enfierrados en la calle?
          oh yeahh

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          • #6
            Re: Se reglamentó la ley de autos artesanales y podrán circular por todo el país

            Modificado estructuralmente... entonces autos con jaula legal?

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            • #7
              Re: Se reglamentó la ley de autos artesanales y podrán circular por todo el país

              Originally posted by maxito_70 View Post
              Modificado estructuralmente... entonces autos con jaula legal?
              Eso es justamente lo que iba a preguntar.. será así? Ej. Compro un auto X transferido a mi nombre o uno con 04, le hago la jaula (entraría como modificación del chasis), y lo puedo usar en la calle? Me sumo a la duda que plantea Maxito_70.

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              • #8
                Re: Se reglamentó la ley de autos artesanales y podrán circular por todo el país

                Debe haber ciertas limitaciones.. sino le pongo un paragolpes de locomotora y salgo a circular y es un peligro..

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                • #9
                  Re: Se reglamentó la ley de autos artesanales y podrán circular por todo el país

                  Originally posted by 155_20v View Post
                  Debe haber ciertas limitaciones.. sino le pongo un paragolpes de locomotora y salgo a circular y es un peligro..
                  Un peligro pero divertido jajaja

                  Comment


                  • #10
                    Re: Se reglamentó la ley de autos artesanales y podrán circular por todo el país

                    cuando logren ptentar uno, me avisan....tengo bastantes para patentar...

                    Comment


                    • #11
                      Re: Se reglamentó la ley de autos artesanales y podrán circular por todo el país

                      Originally posted by maxito_70 View Post
                      Un peligro pero divertido jajaja
                      Igual, en mi comentario me referia a cuando uno tiene esa "locura" de querer tener su auto de "carrera" (en vez de tocar un auto particular) y se compran uno para tal armarlo para tal fin. Por ejemplo, he visto un Audi S3, dado de baja corriendo en un circuito de track day, con jaula y elementos de seguridad para circuito. Lo que no sé, y por eso preguntaba es, como corre para un caso así, ésta ley. Dentro de qué categoría entraría.

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                      • #12
                        Re: Se reglamentó la ley de autos artesanales y podrán circular por todo el país

                        Originally posted by HKS View Post
                        cuando logren ptentar uno, me avisan....tengo bastantes para patentar...
                        Tal cual. No habia que pasar la inspeccion del inti y presentar los planos de todo el auto para que lo aprueben??

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                        • #13
                          Re: Se reglamentó la ley de autos artesanales y podrán circular por todo el país

                          Estos quedarian exentos de la VTV?

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                          • #14
                            Re: Se reglamentó la ley de autos artesanales y podrán circular por todo el país

                            Originally posted by ALE1.8 View Post
                            Estos quedarian exentos de la VTV?
                            No, justamente al revez, por lo que entendi se hace todo el papelerio de certificacion y repatentamiento para poder hacer la VTV y circular de forma legal (pero con una distancia prudencial minima de 100 metros separado de otro vehiculo como destacaba Ibiza jajaja)

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                            • #15
                              Re: Se reglamentó la ley de autos artesanales y podrán circular por todo el país

                              Originally posted by ADR_GOL View Post
                              Igual, en mi comentario me referia a cuando uno tiene esa "locura" de querer tener su auto de "carrera" (en vez de tocar un auto particular) y se compran uno para tal armarlo para tal fin. Por ejemplo, he visto un Audi S3, dado de baja corriendo en un circuito de track day, con jaula y elementos de seguridad para circuito. Lo que no sé, y por eso preguntaba es, como corre para un caso así, ésta ley. Dentro de qué categoría entraría.
                              Eso ya está registrado, aunque no tenga patente por la baja. Lo movés en un trailer y listo, porque no circula en la calle.
                              (que ahora el trailer lleva patente emitida por DNRPA, seguro aparte y tiene q estar aprobado por plano de ingeniero! salió en el BO de hace unos días).
                              La ley dice que tiene que ser del vehículo tractor (o sea, si tenes mas de 2 autos con los que usás un trailer, olvidate... todavía no está resuelto si tenes que hacer 2 patentes o que meirda.... olvidate de prestar un trailer). También que el vehículo tractor no le puede brindar electricidad...

                              Además, nueva Patente Mercosur roja (¿o color ladrillo?) para los trailers y remolques particulares.



                              Last edited by gonzalo; 20-04-2018, 12:08.

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