Announcement

Collapse
No announcement yet.

informacion util antimultas!

Collapse
X
 
  • Filter
  • Time
  • Show
Clear All
new posts

  • #16
    Re: informacion util antimultas!

    Comprobante de pago del seguro no es obligatorio, explicado clarito en el artículo 68 de la ley 25550. No lee nadie la ley de tránsito? Digo, siendo así se merecen que los caguen la verdad.

    Comment


    • #17
      Re: informacion util antimultas!

      sabes q pasa que si se ponen en pelotudos y te labran el acta desp tenes que ir a perder tiempo en discutir con el controlador, pero bueno hay que recaudar. y no lo digo yo sino los que te dan la licencia de conducir

      Comment


      • #18
        Re: informacion util antimultas!

        El comprobante del seguro? tengo debito automatico, cada 3 meses mas o menos viene mi agente y me lo trae. El de la patente paga? hago pago telefonico... y es posta lo que digo. Igual JAMAS pero JAMAS me jodieron por ese motivo.

        Comment


        • #19
          Re: informacion util antimultas!

          En Entre Rios me pararon y me pidieron la VTV.
          Le dije que el auto está radicado en Capital, por lo que por ahora no es obligatoria.
          Me hizo la boleta, se la firmé "en disconformidad" y nunca me llegó y no está cargada en el sistema de multas (enero 2013).

          Comment


          • #20
            Re: informacion util antimultas!

            Che, ya que estan les consulto algo.
            Yo en el gamba no tengo VTV, porque acá en Santa Fe no es obligatoria, y no tengo tiempo para hacerla. Pero viajo a San Nicolas de los Arroyos a la facu (Bs.As.), donde supongo que es obligatoria, la tengo que hacer?
            Gracias

            Comment


            • #21
              Re: informacion util antimultas!

              Cabe, se rige por donde esté radicado el auto. Lo que sí tené cuidado porque en Santa Fe creo que es obligatoria la manta mortuoria.

              Comment


              • #22
                Re: informacion util antimultas!

                Originally posted by fngonzalez View Post
                Cabe, se rige por donde esté radicado el auto. Lo que sí tené cuidado porque en Santa Fe creo que es obligatoria la manta mortuoria.
                Se rige con la ley del lugar cuando circulas por el mismo lugar donde rige la ley donde tenes radicado el auto, cuando circulas en otro lugar se rige por la ley que corresponda, por ende si tenes el auro en capital y circulas por capital no pasa nada, si vas a circular por prov se rige por ley nacional y en la ley naciona ldice que para circular hay que tener vtv, pro ende queda en la ley si te la pide y te perdona o te saca el registro...

                Depsues la busco.. y vana ver todos que es un punto gris en la ley jeje

                Comment


                • #23
                  Re: informacion util antimultas!

                  Vitu, el tema "gris" de la VTV para los autos en Capital pasa desde que pusieron los centros de verificación, antes se sabía que no era obligatorio porque no había y nadie decía nada, ahora no se sabe si es obligatorio o no y aprovechan.

                  En lo que respecta a la jurisdicción, todas las provincias son adherentes a la ley y en tanto sean rutas nacionales se la tiene que respetar por ser ámbito federal (así como las municipalidades se lavan las manos para no arreglarlas porque son nacionales). Si estas por ruta provincial ahí ya la verdad que no se.

                  Comment


                  • #24
                    Re: informacion util antimultas!

                    Originally posted by vitu46 View Post
                    Se rige con la ley del lugar cuando circulas por el mismo lugar donde rige la ley donde tenes radicado el auto, cuando circulas en otro lugar se rige por la ley que corresponda, por ende si tenes el auro en capital y circulas por capital no pasa nada, si vas a circular por prov se rige por ley nacional y en la ley naciona ldice que para circular hay que tener vtv, pro ende queda en la ley si te la pide y te perdona o te saca el registro...

                    Depsues la busco.. y vana ver todos que es un punto gris en la ley jeje
                    No vitu, si fuera asi, habria que tener un registro por cada juridiccion, y no es asi (antes, cuando no era registros nacionales).

                    Si tenes un auto radicado en capital, hasta que salga la ley que diga que hay que hacer la vtv con su reglamentacion, no es obligatorio tener la vtv.

                    Todavia no esta reglamentada la vtv en capital, y no va a estar nunca, por lo menos hasta que alguna empresa "amiga" del jefe de gobierno pueda armar las plantas y hacer ellos las verificaciones. Te crees que se van a perder ese negocio.....

                    Comment


                    • #25
                      Re: informacion util antimultas!

                      Originally posted by fngonzalez View Post
                      Cabe, se rige por donde esté radicado el auto. Lo que sí tené cuidado porque en Santa Fe creo que es obligatoria la manta mortuoria.
                      Sii, esa la tengo guardadita en el baul, jajaja. Gracias por aclarar.

                      Comment


                      • #26
                        Re: informacion util antimultas!

                        Alguien me puede mostrar algo mas que "lo digo yo", que la VTV lo es necesaria para autos de capital?

                        La ley nacional de transito dice:
                        ARTICULO 34. — REVISION TECNICA OBLIGATORIA. Las características de seguridad de los vehículos librados al tránsito no pueden ser modificadas, salvo las excepciones reglamentadas. La exigencia de incorporar a los automotores en uso elementos o requisitos de seguridad contemplados en el capítulo anterior y que no los hayan traído originalmente, será excepcional y siempre que no implique una modificación importante de otro componente o parte del vehículo, dando previamente amplia difusión a la nueva exigencia.
                        Todos los vehículos automotores, acoplados y semirremolques destinados a circular por la vía pública están sujetos a la revisión técnica periódica a fin de determinar el estado de funcionamiento de las piezas y sistemas que hacen a su seguridad activa y pasiva y a la emisión de contaminantes.
                        Las piezas y sistemas a examinar, la periodicidad de revisión, el procedimiento a emplear, el criterio de evaluación de resultados y el lugar donde se efectúe, son establecidos por la reglamentación y cumplimentados por la autoridad competente. Esta podrá delegar la verificación a las concesionarias oficiales de los fabricantes o importadores o a talleres habilitados a estos efectos manteniendo un estricto control.
                        La misma autoridad cumplimentará también una revisión técnica rápida y aleatoria (a la vera de la vía) sobre emisión de contaminantes y principales requisitos de seguridad del vehículo, ajustándose a lo dispuesto en el artículo 72, inciso c), punto 1.
                        Y la ley que aplica, seguro es la de donde estas. O uds, se creen que si tenes un auto radicado en Inglaterra podes circular por la izquierda en una ruta doble mano.

                        Comment


                        • #27
                          Re: informacion util antimultas!

                          aclara el tema de la cedula verde, porque si esta en vigencia puede manejar cualquier persona el auto por más que no sea el titular, ahora si se vence la verde, si o si, es requisito, tener la cedula azul si no se es titular del auto.

                          Comment


                          • #28
                            Re: informacion util antimultas!

                            Originally posted by s0bamE View Post
                            Y la ley que aplica, seguro es la de donde estas. O uds, se creen que si tenes un auto radicado en Inglaterra podes circular por la izquierda en una ruta doble mano.
                            Inglaterra se adhirió a la ley que citaste? Mejor leé la primera hoja de la ley que dice que todas las provincias se adhieren pudiendo hacer modificaciones siempre que no pasen por encima de esta ley, es decir, primero ley nacional y después ley provincial. De mas está decir que en rutas nacionales sólo se aplica la ley nacional.

                            Comment


                            • #29
                              Re: informacion util antimultas!

                              entonces?

                              Comment


                              • #30
                                Re: informacion util antimultas!

                                Originally posted by fngonzalez View Post
                                Inglaterra se adhirió a la ley que citaste? Mejor leé la primera hoja de la ley que dice que todas las provincias se adhieren pudiendo hacer modificaciones siempre que no pasen por encima de esta ley, es decir, primero ley nacional y después ley provincial. De mas está decir que en rutas nacionales sólo se aplica la ley nacional.
                                Entonces, que ley aplicas para un auto que esta radicado en Inglaterra? En el derecho en general se aplican las leyes del lugar donde estas. No tiene sentido que porque sos de un lugar donde hacen cualquiera puedas venir a hacer cualquiera aca. Si a la gente de la provincia de buenos aires le exigis que tenga la VTV para circular por la provincia de buenos aires, como no le vas a poder exigir a la gente de capital que cumpla los mismos requisitos.

                                La ley nacional dice que es obligatorio la VTV. Cualquier cosa que diga que no es obligatorio contradice la ley, que como decis tiene precedencia por sobre lo que digan las provincias y/o municipios.

                                Comment

                                Working...
                                X